¿Que tal ha ido el examen de hoy? ¿Impresiones ? Suerte a todos y mucho ánimo!
Me ha parecido que ha tenido un nivel intermedio, ha habido preguntas difíciles por un lado, y otras muy fáciles. También me ha llamado la atención que hayan sido 10 preguntas en vez de las 15 que eran habituales.
Adjunto el examen que han subido a la web de seguridad social.
A mi me parece una putada que hayan menos preguntas, porque si fallas algunas no tienes oportunidad de compensar con las demás, aunque en las instrucciones ponía que el examen se valoraba en su conjunto
Creo que es de la siguiente manera:
1. Sr. Sanz administrador con funciones de dirección en el RETA 305.2 b) 1º LGSS (20%)
2. Cónyuge: a) Si trabaja en el RETA 305.2 b) 1º LGSS (20%) b) Si no trabaja quedaría excluida del Sistema de la Seguridad Social 305.2 b).
3. Hijo de 21 años que convive con ellos en el RETA 305.2 b) 1º LGSS (20%)
4. 2 Hijos (20% y 20%) que no conviven, y teniendo en cuenta que no nos aportan más datos en el supuesto hay que diferenciar:
a) Si no trabajan: están excluidos del SSS 305.2 b)
b) Si trabajan: en el RGSS 136.2 b) Así más completo.
En la pregunta 3 la de pluriempleo lo único que había que hacer es calcular el tope máximo de cotización que correspondería a cada e empresa por la situación de pluriempleo, y al exceder de 4139,40, cotizara en ambas por la base máxima que le corresponde?
10.000 - 4.139,40
9.000 - X
1.000 - X
Una vez que calculásteis el coeficiente global de parcialidad, para la segunda pregunta de si podía acceder a la TI, no se lo aplicaría a los 180 días? 60 días en los 5 años inmediatamente anteriores?
Sí Miki, es exactamente así, y que me decís de la 7? No tiene derecho a la ampliación... han de ser MÁS de 7 días de hospitalización.
Y de la 6? No sabemos nada del otro cónyuge... yo he puesto que el permiso sería de 18 semanas para el padre... 16 + 1 parto múltiple + 1 discapacidad del hijo.
Bueno, y la del recargo del reta? Se aplica un 20% porque se entienden cumplidas en plazo las obligaciones del art 29, y la deuda se paga a partir del segundo mes natural siguiente a la finalización del plazo reglamentario de ingreso?
Una vez que calculásteis el coeficiente global de parcialidad, para la segunda pregunta de si podía acceder a la TI, no se lo aplicaría a los 180 días? 60 días en los 5 años inmediatamente anteriores?
Una vez que calculásteis el coeficiente global de parcialidad, para la segunda pregunta de si podía acceder a la TI, no se lo aplicaría a los 180 días? 60 días en los 5 años inmediatamente anteriores?
Creo que está bien tal y como lo planteas @julianito, pero hay que seguir el cálculo para hallar el CGP, que es lo que pide el caso práctico para saber si tiene derecho o no a la IT por CC. El CGP es 33% de 180 días mínimos cotizados para tener derecho a IT.
Hola!, buenas tardes,
Este examen ¿ es la tercera prueba de las últimas oposiciones de Seguridad Social?
Gracias de antemano.
Un saludo.
@segsocoposzgz Sí, es el examen práctico de la última convocatoria, del 7 de mayo de éste mismo año.